- Medidas especiales a la Sede Electrónica
- Decreto de medidas fiscales del Plan de Emergencia Municipal
1.) Impuestos y tasas municipales
1.1 Se para el cobro de impuestos I tasas municipales, desde 16 de marzo hasta el 1 de junio de 2020.
1.2 Se detiene los embargos por impuestos impagados hasta el 1 de junio de 2020.
1.3 Prolongar los períodos de pago de los impuestos y tasas municipales de este 2020. Se incluye las medidas que pueden afectar a tejido empresarial.
Nuvevos periodos de pago:
- Impuesto sobre Vehiculos de tracción mecánica: Del 1 de junio al 31 de julio.
- Domiciliación: 1r. plazo 1 de julio / 2n. palzo 2 de desembre
- Cargos con un solo plazo: 1 de julio
- Impuesto sobre Actividades Economicas: Del 1 de junio al 31 de julio
- Domiciliación: 1r. plazo 1 de julio / 2n. plazo: 1 de octubre / 3r. plazo 2 de noviembre / 4t. plazo 28 de diciembre
- Cargos con un solo plazo: 1 de julio
- Tasa sobre la gestión de residuos municipales: Del 15 de septiembre al 16 de noviembre.
- Domiciliación: 1r. plazo 2 de noviembre / 2n. plazo 28 de diciembre
- Cargos con un solo plazo: 2 de noviembre
- Tasa para Vados: Del 1 de octubre al 30 de noviembre.
- Domiciliación: 1r. plazo 2 de noviembre / 2n. plazo 28 de diciembre
- Cargo con un solo plazo: 2 de noviembre
- Tasa Mercados Municipales;
- 1r. trimestre Del 2 de marzo al 1 de junio
- 2n. trimestre Del 1 de junio al 31 de julio
- 3r. trimestre Del 1 de septiembre al 2 de noviembre
- 4t. trimestre Del 1 de diciembre al 1 de febrero
- Domiciliación: 1r. trimestre 1 de junio / 2n. trimestre 1 de julio / 3r. trimestre 1 de octubre / 4t. trimestre 28 de diciembre
- Tasa Mercadal;
- 1r. semestre Del 1 de junio al 31 de julio
- 2n. semestre Del 1 de octubre al 30 de noviembre
- Domiciliación: 1r. semestre 1 de julio / 2n. semestre 2 de noviembre
- Tasa sobre mesas i sillas de terrazas: Del 15 de septiembre al 16 de noviembre
- Domiciliación: 1r. plazo 1 de octubre / 2n. plazo 2 de diciembre
1.4 Prorrogar los aplazamientos y fraccionamientos de pago en curso, dejando en suspenso los plazos que corresponderían a abril y mayo, y retomando los pagos a partir del 5 de junio, alargando los plazos de pago estos dos meses que han estado en suspenso.
1.5 Suspender los plazos de tramitación administrativa de todos los pagos e ingresos municipales, lo que incluye la tramitación de los expedientes de multas de tráfico, plazos de pago de autoliquidaciones de plusvalía y otros impuestos y tasas, entre otros.
En caso de que el estado de alarma se alargue más allá de estas fechas, el calendario aprobado será revisado.
Podeis encontrar más informaicón aquí
2.) Reducción proporcional del IBI de los locales comerciales, cuando los/las propietarias de los locales comerciales apliquen una moratoria en el cobro de los alquileres.
“Se está estudiando esta reducción y se informará del procedimiento para solicitarla y el servicio que lo tramitará.
3.) Suspensión de alquileres de locales en edificios de vivienda pública que afecten a actividades comerciales y empresariales.
En relación con el alquiler de locales comerciales, se habilita un servicio de mediación en el alquiler de locales comerciales cuando se necesite comunicar a las personas propietarias la imposibilidad de hacer los pagos correspondientes.
Para estas cuestiones, el teléfono de contacto es el 93 733 61 71 o el correo electrónico, [email protected]
4.) Reducción de la tarifa del agua durante el segundo trimestre de 2020, la rebaja será entre un 10 y 15% de la tarifa. Esta reducción se aplicará también a las pequeñas y medianas empresas, comercios y personas autónomas, atienden a criterios que se fijarán en los próximos días.
La ACA anuncia que también rebajará el canon en un 50% los meses de abril Y mayo, también a actividades económicas.
La suma de estas dos rebajas implicará una reducción global de la facturación de entre un 20 y un 30%, que se aplicará en función de unos criterios que se fijarán en los próximos días y no linealmente a las personas abonadas.
03/30/2020 el Gobierno Municipal destinará destinaría 500.000 euros a reducir la tarifa del agua durante el segundo trimestre de 2020, siendo el objetivo de la medida el contribuir a reducir el impacto que pueda tener el estado de Alarma sobre las familias y el conjunto de la economía de la ciudad. La reducción se aplicará a las familias, así como a las pymes, empresas, comercios Y autónomos / as, según los siguientes criterios:
- Las circunstancias de cada colectivo
- El impacto sufrido por cada sector o cada tipología de consumo
- El fomento del ahorro de agua
- Circunstancias socioeconómicas
- Priorización del pequeño y mediano comercio, de la pequeña y mediana empresa y autónomos / as.
Se reducirá de forma temporal las tarifas previstas aplicables a las facturas correspondientes al segundo trimestre de 2020. Se prevé dos tipos de reducciones:
Reducción temporal de la tarifa de agua de la factura del segundo trimestre de 2020 a las personas que se encuentren en alguna de estas situaciones:
- Que tengan otorgada la tarifa social del agua
- Que dispongan de informe de vulnerabilidad residencial vigente
Los abonados del servicio que lo soliciten justificadamente podrán disfrutar también de este aplazamiento de la facturación hasta el 1 de junio.
Esta petición de aplazamiento se podrá realizar por teléfono, correo electrónico o por vía telemática, a través del apartado de Trámites y gestiones de la web de Taigüa: https://www.taigua.cat/tramits-i-gestions.
5.) Limitación excepcional del horario de funcionamiento del comercio minorista de alimentación en la ciudad de Terrassa y fijar las 21h como hora de cierre obligatorio.
6.) Apoyo a emprendedores / as: exención de pago de alquiler de los viveros empresariales municipales por un período mínimo de dos meses.
De este modo se garantiza la actividad económica y emprendedora de las empresas de los viveros municipales en un momento donde no pueden desarrollar su actividad. El Ayuntamiento de Terrassa dispone de diferentes espacios dedicados a la emprendeduría: Viveros de Servicios, Industrial y Aceleradora Quadrant4.0, que incluye un espacio de Coworking.
Esta exención se aplicará, durante un mínimo de dos meses, a contar desde el día de entrada en vigor del Decreto dictado por el Estado Español.
Se computará un mes desde el día siguiente del levantamiento del confinamiento para proceder a la facturación del periodo de marzo devengado. Este importe se podrá prorratear entre los meses que resten del contrato actual, sin ningún interés de demora.
7.) Parque Audiovisual de Cataluña: medidas para las empresas del cluster audiovisual y para grandes rodajes / producciones que se han detenido.
Aprobación de un nuevo grupo de medidas, como acción de apoyo al sector audiovisual, tanto con respecto a las empresas que forman parte del cluster del Parc Audiovisual, como para grandes rodajes y producciones que se han detenido:
Suspensión de rentas: se suspenden (se cancelan) los cobros de abril y mayo, tanto del alquiler como de los gastos propios. No se emitirá ninguna factura ni se girará hacia recibido por estos conceptos.
Periodificación de recibos del mes de junio: los recibos del mes de junio, tanto en alquiler como en gastos propios, se dividirán en 6 cuotas iguales que se cobrarán del mes de junio al mes de noviembre de 2020.
Puede encontrar más información en:
Decreto de medidas fiscales del Plan de Emergéncia Municipal