Hasta el 12 de junio de 2025 a las 12:00 h permanecerá abierta la convocatoria 2025 del Programa NEOTEC del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación (CDTI) .

Esta iniciativa destina 20 millones de euros en subvenciones para impulsar pequeñas empresas de base tecnológica (EBT), reservando 5 millones en exclusiva para la línea Neotec Dones, orientada a proyectos liderados por mujeres.

¿A quién va dirigida la ayuda?

  • Pequeñas empresas innovadoras de base tecnológica (EBT) con menos de tres años de antigüedad y un capital social mínimo de 20.000€.

  • Empresas que no hayan distribuido beneficios ni estén cotizadas, salvo plataformas de negociación alternativa.

  • Modelo de negocio basado en el desarrollo de tecnología propia y dominio intensivo del conocimiento científico y tecnológico.

Características de la convocatoria 2025

  • Financiación: hasta el 70% del presupuesto elegible del plan de empresa, con un máximo de 250.000€ por beneficiario.

  • Financiación ampliada: hasta el 85% (máximo 325.000 €) si la empresa incorpora al menos un doctor en la plantilla.

  • Formación internacional: los 20 mejores proyectos podrán acceder a formación especializada en el “Enterprise Innovation Institute” de la Universidad de Georgia (Atlanta, EE.UU.), incrementando la ayuda en hasta 10.000 € adicionales.

  • Anticipo: posibilidad de recibir hasta el 60% de la subvención (máximo 150.000 €) sin necesidad de avales ni garantías.

  • Duración de los proyectos: inicio el 1 de enero de 2026, finalizando antes del 31 de diciembre de 2026 (proyectos anuales) o hasta el 31 de diciembre de 2027 (plurianuales).

Requisitos y exclusiones

  • El proyecto debe requerir el uso de tecnologías o conocimientos derivados de la actividad investigadora.

  • No serán elegibles modelos de negocio basados ​​principalmente en servicios a terceros sin desarrollo de tecnología propia, ni aquéllos que no garanticen la continuidad en el desarrollo tecnológico.

  • Todos los proyectos deben respetar el principio de no causar perjuicio significativo al medio ambiente (principio DNSH), cumpliendo criterios de sostenibilidad y protección ambiental.

Fuente: CDTI

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