
Decreto de medidas fiscales del Plan de Emergencia Municipal
Medidas especiales a la sede electrónica
De acuerdo con el Decreto de alcaldía número 2565 de 16 de marzo, se han aprobado un conjunto de medidas fiscales para flexibilizar el calendario de pagos y que son las siguientes:
1) Modificar el calendario fiscal establecido en el artículo 11 de la Ordenanza Fiscal 1.1 General de gestión, recaudación e inspección de tributos y otros ingresos de derecho público locales en sentido siguiente:
– Periodo pago del padrón del Impuesto sobre Bienes Inmuebles 2020:
o Prolongar la fecha de finalización del período hasta el día 1 de junio de 2020
o Modificar las fechas de domiciliación del segundo plazo y sucesivos, de la forma siguiente:
2º plazo – 01/06/2020
3º plazo – 01/07/2020
4º plazo – 01/10/2020
5º plazo – 02/11/2020
6º plazo – 01/12/2020
– Prolongar el periodo de pago de los padrones de la tasa sobre los huertos municipales, y el primer plazo de la tasa sobre los servicios prestados en los mercados municipales, hasta el día 1 de junio de 2020. Fijar la fecha de cargo por domiciliación el día 1 de junio de 2020.
– Establecer, para los nuevos padrones que se generarán a partir de este momento, los siguientes periodos de pago:
Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: Del 1 de junio al 31 de julio
Impuesto sobre Actividades Económicas: Del 1 de junio al 31 de julio
Tasa sobre la gestión de residuos municipales: Del 15 de septiembre al 16 de noviembre
Tasa por Vados: Del 1 de octubre al 30 de noviembre
Tasa Mercados Municipales;
1º. trimestre Del 2 de marzo al 1 de junio
2º. trimestre Del 1 de junio al 31 de julio
3º. trimestre Del 1 de septiembre al 2 de noviembre
4º. trimestre Del 1 de diciembre al 1 de febrero
Tasa Mercadal
1º. semestre Del 1 de junio al 31 de julio
2º. semestre Del 1 de octubre al 30 de noviembre
Tasa de mantenimiento y conservación del Cementerio: Del 1 de junio al 31 de julio
Tasa Servicio Tenencia Animales de Compañía: Del 1 de octubre al 30 de noviembre
Tasa sobre mesas y sillas de terrazas: Del 15 de septiembre al 16 de noviembre
– Fijar como fechas de domiciliación de estos tributos las siguientes:
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
1º. plazo 1 de julio
2º. plazo 2 de diciembre
Impuesto sobre Actividades Económicas
1º. plazo 1 de julio
2º. plazo 1 de octubre
3º. plazo 2 de noviembre
4º. plazo 28 de diciembre
Tasa sobre la gestión de residuos municipales
1º. plazo 2 de noviembre
2º. plazo 28 de diciembre
Tasa por Vados
1º. plazo 2 de noviembre
2º. plazo 28 de diciembre
Tasa Mercados Municipales
1º. trimestre 1 de junio
2º. trimestre 1 de julio
3º. trimestre 1 de octubre
4º. trimestre 28 de diciembre
Tasa Mercadal
1º. semestre 1 de julio
2º. semestre 2 de noviembre
Tasa de mantenimiento y conservación del Cementerio: 1 de julio
Tasa Serv. Animales de Compañía: 2 de noviembre
Tasa sobre mesas y sillas de terrazas:
1º. plazo 1 de octubre
2º. plazo 2 de diciembre
– Establecer las siguientes fechas de domiciliación para los cargos en un solo plazo, en relación con los padrones anteriores:
Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: 1 de julio
Impuesto sobre Actividades Económicas: 1 de julio
Tasa sobre la gestión de residuos municipales: 2 de noviembre
Tasa por vados: 2 de noviembre
2) Prorrogar los aplazamientos y fraccionamientos de pago en curso, dejando en suspenso los plazos que corresponderían a abril y mayo, y retomando los pagos a partir del 5 de junio, alargando los plazos de pago estos dos meses que han estado en suspenso.
3) Prorrogar el período pago voluntario de todos los tributos y otros ingresos que tengan fecha de vencimiento entre el día 16 de marzo y 31 de mayo, y fijarlos en todos los casos como fecha de finalización el 1 de junio.
4) Suspender los plazos de tramitación administrativa de todos los pagos e ingresos municipales, lo que incluye la tramitación de los expedientes de multas de tráfico, plazos de pago de autoliquidaciones de plusvalía y otros impuestos y tasas, entre otros.
En caso de que el estado de alarma se alargue más allá de estas fechas, el calendario aprobado será revisado.