FAQs Ayuntamiento de Terrassa
1.- ¿Las normas sobre actividad física, deporte y paseo son válidas para barrios y núcleos diseminados y para los espacios naturales que rodean la ciudad de Terrassa?
Sí, son válidas para todo el término municipal de Terrassa. Este es el término municipal:
Aquí podéis ampliar la imagen
Aquí tenéis más accesos a la cartografía oficial, donde aparece claramente delimitado el término municipal de Terrassa:
2.- ¿Puedo ir al Parque Natural de Sant Llorenç?
Actualizamos información a las 20h del viernes 1 de mayo: según fuentes del Parque Natural y la Diputación de Barcelona, a partir de Sábado, 05.02.2020 el Parque Natural mantendrá los aparcamientos y accesos cerrados. Se incrementará la vigilancia para garantizar el cumplimiento de las normas.
3.- ¿Puedo ir a la Anella Verda de Terrassa?
Sí. El Ayuntamiento aplicará a los espacios incluidos en la Anella Verda las regulaciones previstas por el Gobierno español y pide un especial compromiso de responsabilidad y sentido común a todas las personas que quieran disfrutar de oportunidades de ejercicio físico o de paseo, siempre dentro de las normas y con la máxima precaución:
Información sobre la Anella Verda
4.- ¿Puedo ir a hacer ejercicio físico a Can Candi?
Sí. Es término municipal de Terrassa y no forma parte del Parque Natural. El acceso de vehículos no está permitido.
5.- ¿Podemos practicar deportes o actividades como el excursionismo o la marcha nórdica?
Sí. Pero hay que practicarlo individualmente, dentro del término municipal de Terrassa y respetando siempre la distancia mínima entre personas.
6.- Si encontramos mesas, bancos o juegos infantiles, ¿podemos sentarnos o jugar?
No. Las normas vigentes autorizan sólo actividades físicas, deportivas o de paseo con condiciones. El mobiliario urbano y el del entorno natural de la ciudad no se pueden utilizar.
7.- ¿Dónde puedo encontrar las normas del Gobierno español?
Al BOE Ordre del Ministeri de Santitat del Govern Espanyol
FAQs Protección Civil Generalitat de Catalunya
Se ha autorizado que la población en general, a partir de los 14 años incluidos, haga actividad física no profesional al aire libre (deporte individual y paseo). Este permiso es complementario a la autorización de paseo de los menores de 14 años, vigente anteriormente.
Las preguntas recogidas a continuación corresponden al permiso para la población a partir de 14 años. Para los menores de edad hasta 13 años, consulte el documento de preguntas específico.
1. ¿A partir de qué día puedo salir a la calle?
A partir del sábado 2 de mayo, incluido (los menores de edad hasta 13 años podían salir a pasear, acompañados de un adulto, desde el domingo 26 de abril).
2. ¿Quién puede salir?
Todas las personas a partir de los 14 años incluidos, sin límite de edad y con excepción de personas que residen en centros sociosanitarios de personas mayores.
3. ¿Qué actividad puedo hacer?
Actividad física no profesional (deporte) al aire libre y pasear.
4. ¿Con quién se puede salir a pasear?
Se puede pasear individualmente o acompañado de una persona con la que se conviva en el domicilio, o de la persona cuidadora en el caso de personas que lo necesiten.
5. ¿Con quién se puede salir a hacer deporte?
El ejercicio físico únicamente se puede hacer de forma individual. En el caso de personas que lo necesiten, pueden salir acompañadas de la persona que las cuida.
6. ¿Por dónde se pueden hacer los paseos?
Los paseos se harán siempre a una distancia máxima de 1 km del domicilio habitual.
7. ¿Y la práctica deportiva?
Se puede practicar deporte en cualquier vía o espacio público, incluidos los espacios naturales y aquellas zonas verdes autorizadas, siempre dentro del término municipal del domicilio habitual. Hay que respetar los posibles cierres de espacios que, por razones de seguridad, lleven a cabo las autoridades locales.
8. ¿Puedo ir a los parques, al bosque o a la playa?
Sí, tanto a pasear como a hacer deporte individual, con la limitación de que no esté a más de 1 km del domicilio en el caso del paseo y siempre que el ayuntamiento no haya restringido el acceso por motivos de seguridad.
La normativa estatal no prevé específicamente ni restringe la actividad deportiva en el medio acuático (playas, ríos …). Se recomienda no hacerlo y respetar el cierre de estos espacios que los ayuntamientos realicen por seguridad.
9. ¿Puedo usar el coche o el transporte público para ir a hacer deporte o para pasear?
No, está expresamente prohibido utilizar vehículos o transporte público para desplazarse por hacer deporte individual o pasear.
10. ¿Qué actividades deportivas no profesionales se pueden practicar?
Se puede practicar cualquier deporte individual que no comporte contacto con terceras personas. Por tanto, no se permite el deporte colectivo (tampoco de dos personas) o en equipo.
La normativa estatal no prevé específicamente la práctica deportiva con vehículos con motor.
11. ¿Puedo ir con la bicicleta?
Sí, se puede usar la bicicleta, de cualquier tipo, y otros medios individuales como patines, patinetes o similares.
12. ¿Puedo hacer uso de instalaciones deportivas al aire libre?
Aunque no está expresamente prohibido, no es recomendable hacer uso de las que conlleven contacto, como máquinas o similar. Respeta las posibles restricciones establecidas por los ayuntamientos.
13. ¿Puedo hacer uso de instalaciones deportivas cerradas?
No, está expresamente prohibido utilizarlas, incluidas las piscinas y los equipamientos deportivos municipales.
14. ¿Cuando pasee por la calle o haga deporte, puedo ir por donde quiera?
Sí, pero si caminas por tu derecha siempre que puedas, te cruzarás con menos gente.
La actividad a pie tendrá preferencia sobre las bicicletas y otros medios similares.
En las ciudades, se recomienda que la práctica deportiva se haga en espacios donde haya poca aglomeración y, preferentemente, por vías de más de 5 metros de ancho.
15. ¿Cuanto tiempo puedo salir?
Como máximo, el tiempo establecido en la respectiva franja horaria de salida.
16. ¿A qué horas puedo salir?
- En municipios de 5.000 o menos habitantes, las personas entre 14 y 70 años a cualquier hora del día entre las 06 y las 23 h.
- En municipios de más de 5.000 habitantes:
- Las personas de más de 70 años o que necesiten acompañamiento: entre las 10 y las 12 h y entre las 19 y las 20 h.
- El resto de personas entre 14 y 70 años: entre las 6 y las 10 h y entre las 20 y las 23 h.
El límite de 5.000 habitantes también es aplicable a los núcleos de población separados administrados por entes de ámbito territorial inferior al municipio (entidad municipal descentralizada).
17. ¿Cómo quedan las franjas horarias para los menores de edad hasta 13 años?
El horario de paseo de los menores de edad hasta 13 años incluidos acompañados de un adulto responsable ha quedado fijado entre las 12 y las 19 h, independientemente del número de población del municipio.
18. ¿Puedo pasear o hacer deporte en dos franjas horarias el mismo día?
No, sólo puedes salir en una de las dos franjas horarias previstas en cada caso según tu edad. No obstante, sí es compatible el uso de la franja horaria correspondiente para hacer deporte o paseo y, posteriormente, acompañar a menores de edad a pasear.
19. ¿Y si no puedo salir en la franja horaria que me corresponde?
Podrás salir fuera de las franjas horarias asignadas en caso de acreditarse con justificación médica la necesidad de hacerlo por enfermedad incompatible con los horarios establecidos.
20. Si a las personas que vivimos en el domicilio nos corresponden franjas horarias diferentes, ¿no podemos salir juntos?
Sí, pueden salir juntos a pasear como máximo dos personas en alguna de las dos franjas horarias que tengan asignadas. No se puede hacer para la práctica deportiva individual, excepto si es para el acompañamiento de menores, personas mayores o personas con discapacidad que lo requieran.
21. ¿Qué pasa si mi familiar necesita que le acompañe y no lo puedo hacer en el horario asignado?
Podrá acompañar al familiar a pasear en un horario diferente del previsto cuando se trate de personas mayores, menores de edad o con discapacidad, siempre que pueda justificar la imposibilidad de acompañarlo en el horario previsto por motivos de conciliación justificada (por ejemplo, que sólo lo pueda acompañar a una persona y que ésta esté trabajando durante el horario de salida previsto).
22. ¿Qué distancia de seguridad hay que mantener?
Siempre hay que mantener una distancia de 2 metros con el resto de personas que no nos acompañen (persona con quien se convive y/o cuidador).
En la práctica deportiva se recomienda la máxima distancia posible.
23. ¿Qué podemos hacer si nos encontramos con un familiar o conocido?
Hay que evitar detenerse de forma innecesaria en las vías y espacios de uso público.
No obstante, puede saludar brevemente las personas conocidas o familiares que se encuentre, pero siempre debe mantener la distancia de 2 metros y no tocarse, por precaución.
24. ¿Tengo que usar guantes en la calle?
No es necesario, pero sí es muy importante que te laves las manos antes y después de salir a la calle, como medida de precaución.
25. ¿Tengo que ponerme una mascarilla en la calle?
No es obligatorio. Es recomendable utilizar mascarilla siempre que se pueda.
26. ¿Cuando salga y vuelva a casa puedo usar el ascensor?
Sí, pero es mejor que uses las escaleras siempre que puedas y dejes el ascensor para la gente que lo necesite.
27. ¿Puedo comer en la calle?
No es recomendable comer en la calle. Puedes beber líquido durante la actividad física.
28. ¿Hay que llevar alguna documentación?
Recuerda llevar la documentación personal. También es recomendable llevar el certificado de declaración autorresponsable que publicó la Generalitat de Catalunya.
29. ¿Puedo salir si no me encuentro bien?
No puedes salir si tienes síntomas o tienes la enfermedad por el coronavirus (Covid-19) o estás en aislamiento en casa. Tomaos la temperatura antes de salir y no lo hagáis si alguien de casa tiene 37ºC o más.
30. ¿Ahora que puedo salir a la calle, también puedo ir a la zona comunitaria de mi domicilio?
Los espacios comunitarios no pueden sustituir al espacio público para practicar deporte individual y pasear.
Recuerda que es muy importante:
- Mantener siempre la distancia de protección de 2 metros con las otras personas.
- Lavarse muy bien las manos y muy a menudo, sobre todo antes y después de salir de casa.